LEGITIMIDAD PARA OBRAR
ACTIVA Y
PASIVA.
Explicado que el interés difuso
es aquel interés cierto, concreto actual, legítimo y que pertenece a un grupo
indeterminado de personas. Pero quien tiene la legitimidad para demandar ante
el órgano jurisdiccional; quien puede actuar en nombre y representación del
grupo social. Nuestro Código Procesal Civil, en primer lugar, señala que el que
tiene legitimidad activa para obrar en estos procesos es el Ministerio Publico,
quien de acuerdo con la Constitución Política, tiene a su cargo la defensa de
los intereses públicos tutelados por el Estado. Pero los Objeciones que surgen de esta primera opción son la falta de fluidez
del proceso o la falta de conocimientos técnicos que en muchas ocasiones son imprescindibles
frente a daños; por ejemplo, los producidos por la industria y los alcances de
la tecnología. Por otro lado, la doctrina señala la posibilidad de atribuir
legitimidad para obrar a cualquier persona, teniendo en cuenta que el interés difuso
pertenece a todos. Esta posibilidad ha sido recogida por el Código procesal
uruguayo, que también tiene sus desventajas, toda vez que existe un desinterés
por litigar, y sobre todo por pasar por el drama humano de seguir un proceso en
donde no obtendrá ninguna ventaja concreta puesto que no se trata de un interés
particular, si no mas bien social.
En segundo lugar, según nuestro
Código Procesal, tiene legitimidad para obrar activa las Asociaciones o Instituciones sin fines de lucro que, según
Ley, a criterio del juez, estén legitimado para ello (C.P.C. art. 82). Estas entidades
no solo deben tener los medios técnicos para probar de manera fehaciente los
daños que se están produciendo a la colectividad, sino que, además la defensa
de estos interés constituyan su función principal, pues para ello son creadas. También
tienen legitimidad activa los gobiernos locales, las comunidades indígenas,
nativas, las rondas campesinas, etc.
Con respecto a la legitimidad
pasiva, es fácil su distinción, pues se tiene que demandar a quien este
produciendo el daño al medio ambiente. A la ecología, al consumidor, al
patrimonio cultural, a los que estén produciendo propaganda engañosa, a los
competidores desleales etc.
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